ORDENANZA Nº 101

VISTO:

          El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, relacionado con el Peligro de la Droga, la que se ha transformado en una de las amenazas más importantes para nuestros adolescentes y jóvenes; y

CONSIDERANDO:

                        Que atento a datos de una encuesta realizada, podría estarse consumiendo drogas en nuestra ciudad, y es un deber de todos los ciudadanos de El Trébol, tratar por todos los medios dominar esta situación;

Que el Honorable Concejo Municipal ha considerado el mencionado proyecto, encontrando eco favorable esta iniciativa tendiente a la creación de una Comisión Permanente de Prevención contra la Droga, entendiendo por ende que es deber de la autoridad tomar las medidas y dictar normas que haga necesarias ante el problema subsistente;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º:        Autorízase la creación en nuestra ciudad de una COMISION PERMANENTE CONTRA LA DROGA.-

ARTICULO 2º:         Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal para su organización, debiéndose obtener la mayor participación de toda la población.-

ARTICULO 3º:         Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Muncipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los nueve días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y nueve.-