ORDENANZA Nº 13

VISTO:

La nota remitida por el Departamento ejecutivo Municipal referida a la solicitud de la Escuela de Educación Técnica N° 343 “Gral. M. M. de Güemes” de esta ciudad; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Establecimiento Educacional solicita la donación de setenta mil ladrillos para la construcción de los talleres de la escuela, en el terreno que disponen para dicho fin;

Que la situación actual de los talleres es que funcionan en un local que ha sido facilitado y cuyo contrato con la firma se encuentra vencido desde hace meses y ésta lo han requerido oportunamente, inclusive el terreno que fueses donado para el edificio de la Escuela debe ser afectado a la construcción del local dentro del tiempo estipulado, coso contrario quedará sin efecto, lo que hace disponer una pronta solución;

Que la Cooperadora de la Escuela juntamente con los padres de los alumnos han comenzado con los trabajos de marcación, cavado de cimiento y llenado de los mismos, colaborando de esta manera con esfuerzo y sacrificio llevar adelante esta obra;

Que este H. Concejo Municipal ve la importancia y el beneficio que aportará este establecimiento dentro de unos años con los técnicos a egresar, manifestando la buena disposición destinada a concretar esta loable inquietud, como así la posibilidad de la Municipalidad para que conjuntamente con la Cooperadora determinen una colaboración mutua para dicho fin;

Por todo ello

El Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1° :        Autorízase al Departamento ejecutivo Municipal a entregar a la Escuela de Educación Técnica N° 343 “Gral. M.M. de Güemes” la cantidad de setenta mil ladrillos, con carácter de donación, para la construcción de sus talleres.-

ARTICULO 2° :        La Cooperadora del establecimiento, verá las posibilidades de la entrega de los ladrillos, como así también la colaboración y contribución que pueda prestar para este fin, con el Departamento Ejecutivo Municipal.-

ARTICULO 3° :        Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dieciséis días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y seis.-