ORDENANZA Nº 911
VISTO:
La sanción de la Ordenanza Nº 686 de fecha 06 de noviembre de 2007 y promulgada el 09 de noviembre de 2007; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada norma se autoriza al Sr. Intendente Municipal a solicitar al Ministerio de la Producción de la Provincia de Santa Fe, un Aporte No Reintegrable por la suma de $. 250.000.- (pesos doscientos cincuenta mil) con destino a obras de infraestructura para el Área Industrial y asimismo, se aprueba una inversión municipal de igual monto y destino;
Que, con la efectiva realización de trabajos y obras, se fue modificando parcialmente el proyecto original presentado ante el Ministerio antes citado;
Que en función de lo expresado y de acuerdo a la solicitud planteada por la Dirección de Industria de la Provincia, resulta necesario adecuar los términos de la Ordenanza original a lo efectivamente concretado, tanto con el aporte provincial como así también con el municipal y otros recursos obtenidos;
Que los Sres. Concejales, tomando conocimiento de lo requerido y que a través de la norma se le da efectivo cumplimiento, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 686 de fecha 06.11.2007, el que quedará redactado del siguiente modo:
“ARTÍCULO 1º: Autorízase a la Municipalidad de El Trébol, a través del Intendente Municipal Sr. Fernando Emilio Almada, DNI. Nº 16.200.798, a solicitar un Aporte No Reintegrable al Ministerio de la Producción de la Provincia de Santa Fe, en el marco de las disposiciones del Decreto Provincial Nº 906/07, por la suma de $. 250.000.- (Pesos doscientos cincuenta mil) para destinar a la adquisición de materiales para la concreción de Obras de Infraestructura en el Área Industrial de esta ciudad, según detalle en Cuadro Anexo”.-
ARTÍCULO 2º: Modifícase el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 686, el cual quedará redactado del siguiente modo:
“ARTÍCULO 2º: Apruébase la inversión de $. 518.700,71 (pesos quinientos dieciocho mil setecientos con 71/100) que deberá afrontar el Municipio para destinar a la concreción de Obras de Infraestructura en el Área Industrial de esta ciudad, según detalle en Cuadro Anexo”.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil once.-
ANEXO DE ORDENANZA Nº 911
ANR 2007 | INVERSIÓN |
OBRA | ANR $
Gob.Pcial |
MUNICIPIO $ | TOTALES $ | % EJECUTADO |
TRABAJOS PRELIMINARES
Entrada y acceso |
– | 14.267,16 | 14.267,16 | 100% |
Nivelación y Perfilación | – | 12.700 | – | 50% |
MENSURA
Mensura y subdivisión |
11.637 | – | 11.637 | 50% |
CERCO
Cerco olímpico |
166.549,74 | 10.888,66 | 177.438,40 | 100% |
FORESTACIÓN
Forestación |
11.320 | 8.000 | 19.320 | 100% |
ILUMINACIÓN
Alumbrado público |
4.000 | – | 4.000 | 5% |
SERVICIO DE AGUA
Red de Agua Potable |
4.000 | – | 4.000 | 3% |
RED VIAL
Proyecto red vial Prepar., nivelado y perfilación |
8.000
16.000 |
106.259,06 | 142.959,06 | 100%
85% |
Cordón cuneta y estabilizado | 28.493,26 | 3.726,33 | 32.219,59 | 6% |
ELECTRICIDAD
Línea Aérea de Media Tensión y Sub-estaciones transformadoras |
– | 360.565,52 | 360.565,52 | 100% |
Línea Aérea de Baja Tensión | – | – | – | 0% |
OTRA:
Cartel de obra |
– | 2.293,98 | 2.293,98 | 100% |
TOTALES | 250.000,00 | 518.700,71 | 768.700,71 | |