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El Trébol

Las nuevas actividades exceptuadas en la ciudad

De acuerdo al decreto provincial de Santa fe, las nuevas actividades exceptuadas en la ciudad son clubes, gimnasios y demás instalaciones para práctica de actividades deportivas que no impliquen contacto físico entre los participantes.

También, las mesas examinadoras de las unidades académicas de las universidades nacionales y privadas y de los institutos terciarios con sedes en la provincia de Santa Fe.

Además, las reuniones familiares, de hasta diez (10) personas, los días sábados, domingos y feriados; y las actividad de bares y restaurantes, con horarios determinados de hasta las 24hs y al 50% de su capacidad.

Por último, la asistencia a los cementerios, una de las restricciones que más caló hondo en la comunidad, sobre todo en aquellos personas que perdieron seres queridos en estas épocas de pandemia.

Todas las actividades deben cumplir con los requisitos, protocolos y medidas de prevención correspondientes.

Importante

Deberán descargarse la App «COVID-19» Provincia de Santa Fe, y completar con carácter de declaración jurada el formulario que constituye la certificación habilitante para circular en esa oportunidad. Los que no cuenten con un dispositivo móvil que permita descargar la aplicación, podrán obtener una constancia impresa ingresando a www.santafe.gov.ar/coronavirus/salidas.

ACTIVIDAD DE BARES Y RESTAURANTES

Con modalidad de reserva previa, garantizando el debido distanciamiento social entre los asistentes, los que deberán concurrir por sus propios medios pudiendo ocuparse hasta un máximo del 50%.

Con otorgamiento de turnos hasta las 23 hs y posibilidad de permanencia hasta las 24 hs.

Arbitrar las medidas necesarias para desinfectar el calzado de los asistentes: y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, antes de la apertura, periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre.

Uso obligatorio de manera correcta por parte del personal del establecimiento de los elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón. Llevar un registro diario de los asistentes en los distintos horarios.

Con la obligación de cada establecimiento, previo a la apertura al público, de presentar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social un protocolo particular que garantice las medidas de distanciamiento, protección y cuidados.

CLUBES, GIMNASIOS Y DEMÁS INSTALACIONES PARA PRÁCTICA DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS QUE NO IMPLIQUEN CONTACTO FİSICO ENTRE LOS PARTICIPANTES

Deberán ajustarse a las siguientes pautas: HORARIO DE 7 A 19 HS.

Factor de ocupación general: 50%. Una (Persona cada 2m2. En los lugares donde haya máquinas o estaciones, reducir a la mitad la cantidad de personas.

Con participantes a partir de los dieciséis (16) años de edad.

Disponiendo un sistema de turnos, para evitar sobrepasar la cantidad de asistentes.

Espacios abiertos o suficientemente ventilados, garantizando en todos los casos el distanciamiento social. Sin espectadores. Sin reuniones previas o posteriores a la práctica. Sin habilitar espacios de uso común y social, vestuarios ni otras instalaciones interiores.

Las personas que van a realizar la práctica, deberán concurrir por sus propios medios, llevando sus elementos individuales de higiene, hidratación y prevención y cumplimentando las medidas de distanciamiento y el uso obligatorio de elementos de protección (Barbijo).

Se debe disponer, de ser posible, distintas puertas de ingreso y egreso. Se deberán arbitrar las medidas para desinfectar el calzado de los asistentes: y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, en especial los propios de cada disciplina, antes de la apertura, periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre.

Llevar un registro diario de los asistentes en los distintos horarios.

LAS PRÁCTICAS DEPORTIVAS HABILITADAS SON:

Deportes individuales atletismo, arquería, automovilismo, tiro, BMX, motociclismo, trote, ciclismo, gimnasia artística deportiva, gimnasia con aparatos, equitación, yoga musculación, pilates, golf, futgolf, natación, tela, marcha atlética, patin artístico, spinning, crossfit, funcional.

Deportes individuales en interacción con oponentes: tenis, pelota a paleta, tenis con paleta o criollo, fútbol tenis, tenis de mesa, padel, bochas.

Sólo a los fines del entrenamiento individual: boxeo, taekwondo, karate, judo, lucha, artes marciales.

Disciplinas colectivas o en equipo, solo a los fines de entrenamiento individual conforme a los protocolos especificos para cada disciplina.

REUNIONES FAMILIARES

Deberán ajustarse a las siguientes pautas: Hasta diez (10) personas. Los días sábados, domingos y feriados a partir de las 9 y hasta las 23 hs. En domicilios particulares, siempre que se posibilite la adecuada ventilación; cumplimentando la medidas de prevención dispuestas por las autoridades.

Sanitarias, el distanciamiento personal y el uso obligatorio de manera correcta de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón al momento de desplazarse hacia y en las instalaciones.