{"id":5856,"date":"2025-07-11T09:43:08","date_gmt":"2025-07-11T12:43:08","guid":{"rendered":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/?post_type=ordenanza&#038;p=5856"},"modified":"2025-07-11T09:43:29","modified_gmt":"2025-07-11T12:43:29","slug":"5856","status":"publish","type":"ordenanza","link":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/?ordenanza=5856","title":{"rendered":"Ordenanza N\u00ba 1563: FACULTAR AL D.E.M. COMPRA DIRECTA LOTE TERRENO \u2013 MENDOZA 1139- MZ 93"},"content":{"rendered":"<p><strong><u>ORDENANZA N\u00ba 1.563<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong><u>\u00a0<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong>VISTO:<\/strong><\/p>\n<p>La propuesta del Sr. HEREDIA Juan Isidro, DNI N\u00ba 23.973.929 y la Sra. PAREDES Mar\u00eda del Carmen, DNI N\u00ba 27.947.066 \u00a0sobre la venta de un inmueble de su propiedad, identificado como una fracci\u00f3n de terreno con todo lo clavado, plantado y adherido al suelo, designado como Lote 9 \u2013 Plano N\u00ba 159652\/2011 de la Manzana N\u00ba 23 del plano oficial del Pueblo El Tr\u00e9bol, en vistas del Expediente Municipal N\u00ba 1493408825 de fecha 20\/03\/2025; y<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><\/p>\n<p>Que reviste urgencia de los Sres. Heredia Juan Isidro y Paredes Mar\u00eda del Carmen, dada la necesidad de dicha familia de trasladarse a otra localidad por motivos laborales;<\/p>\n<p>Que, ante los reiterados reclamos de vecinos por falta de seguridad, higiene y peligro de derrumbe de las construcciones en el terreno, se procedi\u00f3 a la demolici\u00f3n de 8 unidades habitacionales en el lugar, previo allanamiento y desalojo de personas que se hallaban viviendo en el lugar, autorizados debidamente por orden judicial;<\/p>\n<p>Que, revisada la normativa aplicable desde la Asesor\u00eda Legal de la Municipalidad de El Tr\u00e9bol, se conviene en sugerir la compra directa de dicho inmueble, asegur\u00e1ndose que la familia Heredia-Paredes pueda trasladarse a vivir a otra localidad, as\u00ed manifestado por ellos;<\/p>\n<p>Que el inmueble consta inscripto en el Registro General de la Propiedad bajo Matr\u00edcula N\u00ba 4498422 de fecha 19\/03\/2013 a nombre de los titulares descriptos, y se halla cumplimentada la Cl\u00e1usula de No Venta impuesta en su inscripci\u00f3n notarial, la que correspondi\u00f3 al t\u00e9rmino de 10 (diez) a\u00f1os desde su registro, por lo que es factible realizar la operatoria de Compraventa;<\/p>\n<p>Que a trav\u00e9s de esta adquisici\u00f3n, m\u00e1s familias podr\u00e1n acceder a dicho inmueble y construir una vivienda digna y estable;<\/p>\n<p>Que los Sres. Concejales, habiendo evaluado el proyecto, expresan en forma un\u00e1nime su conformidad a la propuesta;<\/p>\n<p>Por todo ello, el Concejo Municipal de El Tr\u00e9bol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Org\u00e1nica de Municipalidades N\u00ba 2756, sanciona la siguiente<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>O R D E N A N Z A <\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 1\u00b0:<\/strong> Ac\u00e9ptase Fac\u00faltese al Departamento Ejecutivo Municipal para proceder a la compra directa a los Sres. HEREDIA Juan Isidro (DNI N\u00ba 23.973.929) y PAREDES Mar\u00eda del Carmen (DNI N\u00ba 27.947.066), de la una fracci\u00f3n de terreno con lo clavado, plantado y adherido al suelo, la que surge del Plano de Mensura y Subdivisi\u00f3n inscripto bajo el N\u00b0 159652\/2011, bajo la PII N\u00b0 12-15-00-172680\/0042-1, definida seg\u00fan Dominio inscripto bajo Matr\u00edcula N\u00ba 4498422 de fecha 19\/03\/2013 como una fracci\u00f3n de terreno, situada en la Manzana N\u00ba 23 del Plano Oficial del Pueblo El Tr\u00e9bol, y que en el anteriormente nombrado se designa como Lote 9, es rectangular, y se ubica a 21,06 metros de la esquina SO de dicha manzana hacia el Este, y mide 17,74 metros de frente al Norte e igual contrafrente al Sur; por 21,32 metros de fondo en sus laterales Oeste y Este. Encierra una superficie de trescientos setenta y ocho metros con veinti\u00fan dec\u00edmetros cuadrados. Linda al Sur con calle Mendoza, al Oeste con el Lote 8, al Norte con parte del Lote 8 y el Lote 34, y al Este con el Lote 10, todos \u00e9stos del mismo plano de mensura y subdivisi\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2\u00b0:<\/strong> La compraventa se efect\u00faa de acuerdo a las siguientes condiciones:<\/p>\n<p>El precio total de esta operatoria otorgada por Sres. Heredia Juan Isidro Y Paredes Mar\u00eda Del Carmen En Favor De La \u201cMUNICIPALIDAD DE EL TREBOL\u201d se pacta en la suma de $ 17.000.000,00 (pesos diecisiete millones) la que se desarrollar\u00e1 a trav\u00e9s de Transferencia Bancaria a la cuenta que los titulares manifiesten oportunamente, cuyos comprobantes se agregar\u00e1n debidamente a la Escritura traslativa de dominio, sirviendo la misma de eficaz recibo y carta de pago.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 3\u00b0:<\/strong> El uso y destino del lote mencionado en el Art\u00edculo 1\u00ba de la presente ser\u00e1 para vivienda social \u00fanicamente, debiendo ser otorgado mediante licitaci\u00f3n p\u00fablica.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 4\u00b0:<\/strong> \u00a0La toma de posesi\u00f3n por parte del Municipio se har\u00e1 efectiva a partir de la fecha de suscripci\u00f3n de la documentaci\u00f3n que acredite la compraventa del inmueble, debidamente certificada por Escribano P\u00fablico.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 5\u00b0:<\/strong> Los gastos, impuestos, tasas, honorarios, aportes y toda otra contribuci\u00f3n que corresponda por la suscripci\u00f3n de la documentaci\u00f3n pertinente ser\u00e1n soportados de acuerdo a las conveniencias establecidas entre las partes en el momento oportuno.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 6\u00b0:<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0 Comun\u00edquese, prom\u00falguese, publ\u00edquese y dese al Registro Municipal.-<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Tr\u00e9bol, Departamento San Mart\u00edn, Provincia de Santa Fe, a los quince\u00a0 d\u00edas del mes de abril del a\u00f1o dos mil veinticinco.-<\/p>\n","protected":false},"author":2,"template":"","categories":[8,46],"class_list":["post-5856","ordenanza","type-ordenanza","status-publish","category-catastro","category-obras-y-servicios-publicos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/ordenanza\/5856","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/ordenanza"}],"about":[{"href":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/ordenanza"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=5856"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=5856"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}