{"id":5939,"date":"2025-08-29T11:58:50","date_gmt":"2025-08-29T14:58:50","guid":{"rendered":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/?post_type=ordenanza&#038;p=5939"},"modified":"2025-08-29T11:58:50","modified_gmt":"2025-08-29T14:58:50","slug":"crear-red-municipal-abordaje-integral-en-prevencion-de-adicciones","status":"publish","type":"ordenanza","link":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/?ordenanza=crear-red-municipal-abordaje-integral-en-prevencion-de-adicciones","title":{"rendered":"Ordenanza N\u00ba 1576: Crear Red Municipal Abordaje Integral  en prevenci\u00f3n de Adicciones"},"content":{"rendered":"<p><strong><u>ORDENANZA N\u00ba 1.576<\/u><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>VISTO:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>La necesidad de abordar de manera integral el flagelo de las adicciones y consumos problem\u00e1ticos y de conformar el Consejo Consultivo Municipal de prevenci\u00f3n y acompa\u00f1amiento, en el marco de una Red Municipal de Abordaje Integral;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CONSIDERANDO: <\/strong><\/p>\n<p>El encuadre para el Abordaje Integral Comunitario que establece la Ley Nacional de Salud Mental N\u00b0 26.657, la Ley Provincial de Salud Mental N\u00b0 10.772, el Plan IACOP\u00a0 y\u00a0 Decreto 304\/19;<\/p>\n<p>Que es un tema que genera gran preocupaci\u00f3n entre nuestros habitantes por las consecuencias que acarrea, tanto en las familias como en la sociedad, con \u00a0imperiosa necesidad de dar respuestas desde una perspectiva integral y que hoy en la pr\u00e1ctica, no se da una real articulaci\u00f3n entre todos los actores;<\/p>\n<p>Que en nuestra localidad los consumos problem\u00e1ticos van en aumento y por ende, el aumento del delito a edades m\u00e1s tempranas y \u00a0actos de violencia, lo cual trae m\u00e1s inseguridad y preocupaci\u00f3n a los barrios y vecinos;<\/p>\n<p>Que en las Comisiones de Seguridad Ciudadana llevadas a cabo en \u00a0el Concejo Municipal se ha manifestado la necesidad de afrontar este flagelo tomando acciones conjuntas en prevenci\u00f3n, abordaje y \u00a0asesoramiento a personas en situaci\u00f3n de consumos problem\u00e1ticos, que sean coordinados desde el municipio;<\/p>\n<p>Que urge la necesidad de brindar acompa\u00f1amiento integral a las personas que sufren adicciones y a sus familias;<\/p>\n<p>Que es de vital importancia intervenir desde el municipio junto \u00a0con las fuerzas vivas de la comunidad;<\/p>\n<p>Que la prevenci\u00f3n deber\u00eda iniciarse involucrando adolescentes y j\u00f3venes en edad escolar de nivel primario y secundario, y desde el municipio a aqu\u00e9llos que ya no est\u00e9n en el circuito educativo;<\/p>\n<p>Que es necesario desde el estado local, definir pol\u00edticas integrales sobre la problem\u00e1tica de las adicciones y drogas, coordinando acciones con todos los sectores de la vida social en el municipio, optimizando los recursos disponibles, el trabajo del equipo t\u00e9cnico, la gesti\u00f3n de la red, para tratar esta problem\u00e1tica de salud, siempre con la visi\u00f3n participativa y superadora de este flagelo;<\/p>\n<p>Que los Sres. Concejales, coincidiendo con lo expuesto, expresan en forma un\u00e1nime su conformidad a la propuesta;<\/p>\n<p>Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Tr\u00e9bol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Org\u00e1nica de Municipalidades N\u00ba 2756, sanciona la siguiente<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>O R D E N A N Z A <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 1\u00ba:<\/strong> Cr\u00e9ase la Red Municipal de Abordaje Integral y el Consejo Consultivo Municipal en Adicciones para la prevenci\u00f3n, asistencia, orientaci\u00f3n y acompa\u00f1amiento de drogas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2\u00b0:<\/strong> La Red Municipal de Abordaje Integral tendr\u00e1 como objetivos:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Sistematizar e integrar los actores, programas y acciones locales vigentes para abordar las adicciones de manera integral.<\/li>\n<li>b) Crear un \u00e1mbito de di\u00e1logo con la sociedad intermedia y vecinos.<\/li>\n<li>c) Abordar, debatir y acordar criterios y lineamientos de la pol\u00edtica en prevenci\u00f3n, asistencia y acompa\u00f1amiento integral del adicto.<\/li>\n<li>d) Promover y apoyar todo programa de fortalecimiento de las organizaciones civiles comunitarias haciendo hincapi\u00e9 en la prevenci\u00f3n de adicciones.<\/li>\n<li>e) Promover, conducir, participar, y organizar capacitaciones con instituciones p\u00fablicas y privadas y otras actividades que tengan que ver con la prevenci\u00f3n de las adicciones.<\/li>\n<li>f) Asistir y orientar a la comunidad en el \u00e1rea de prevenci\u00f3n ante los distintos requerimientos.<\/li>\n<li>g) Participar en la coordinaci\u00f3n de planes de prevenci\u00f3n con otras instituciones municipales, provinciales, nacionales e internacionales.<\/li>\n<li>h) Proponer y ejecutar acciones de capacitaci\u00f3n en los servicios asistenciales de emergencias que permitan la detecci\u00f3n, manejo y derivaci\u00f3n terap\u00e9utica en casos de dependencia de conductas adictivas.<\/li>\n<li>i) Fomentar h\u00e1bitos y estilos de vida saludables en la comunidad, especialmente entre los j\u00f3venes.<\/li>\n<li>j) Identificar y apoyar a personas y grupos vulnerables que puedan estar en mayor riesgo de desarrollar conductas adictivas.<\/li>\n<li>k) Garantizar el acceso a servicios de prevenci\u00f3n, tratamiento y apoyo para personas con adicciones y sus familias.<\/li>\n<li>l) Monitorear y evaluar la efectividad de los programas y servicios de prevenci\u00f3n en adicciones para mejorar continuamente.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 3\u00b0:<\/strong> El Consejo Consultivo Municipal en Adicciones tendr\u00e1 como objetivos<\/p>\n<ol>\n<li>a) Ejercer un control y monitoreo de las acciones ejecutadas efectuando un relevamiento permanente.<\/li>\n<li>b) Elaborar indicadores que nos permitan medir el estado de situaci\u00f3n de la comunidad sobre la demanda o consumo de drogas en la poblaci\u00f3n de riesgo, generando estad\u00edsticas anuales, y elevarlas a APRECOD, con el fin de establecer deslizamientos en la demanda.<\/li>\n<li>c) Ofrecer orientaci\u00f3n y recomendaciones basadas en la evidencia cient\u00edfica y la experiencia pr\u00e1ctica para abordar las adicciones<\/li>\n<li>d) Colaborar en la creaci\u00f3n de pol\u00edticas y programas efectivos para prevenir y tratar las adicciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 4\u00b0:<\/strong> El Consejo Consultivo Municipal en Adicciones estar\u00e1 integrado por:<\/p>\n<p>Profesionales de:<\/p>\n<ol>\n<li>SAMCo El Tr\u00e9bol<\/li>\n<li>Centro de Primer Escucha, Contenci\u00f3n y Orientaci\u00f3n en Consumos Problem\u00e1ticos y Adicciones 33.3<\/li>\n<li>Dispositivo de Prevenci\u00f3n Municipal.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 5\u00b0:<\/strong> La Red Municipal de Abordaje Integral estar\u00e1 integrada por:<\/p>\n<p>REPRESENTANTES GUBERNAMENTALES<\/p>\n<ol>\n<li>a) Intendente Municipal<\/li>\n<li>b) Presidente\/Vicepresidente del Concejo Municipal<\/li>\n<li>c) Un Concejal por Bloque<\/li>\n<li>d) Secretar\u00eda de Gesti\u00f3n y Desarrollo Humano<\/li>\n<li>e) \u00c1rea de Ni\u00f1ez y adolescencia<\/li>\n<li>f) Direcci\u00f3n de Educaci\u00f3n, Innovaci\u00f3n y Desarrollo Productivo<\/li>\n<li>g) Direcci\u00f3n de Cultura y Gesti\u00f3n Institucional<\/li>\n<\/ol>\n<p>En caso de modificaci\u00f3n en el Organigrama Municipal, las \u00e1reas que las reemplacen deber\u00e1n ocupar su lugar en la Red Municipal de Abordaje Integral.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>REPRESENTANTES NO GUBERNAMENTALES<\/p>\n<ol>\n<li>Organizaciones de la Sociedad Civil<\/li>\n<li>Iglesias<\/li>\n<li>Otras entidades religiosas acreditadas en el Registro Nacional de Cultos<\/li>\n<li>Hospital SAMCO<\/li>\n<li>Narc\u00f3ticos an\u00f3nimos<\/li>\n<li>Alcoh\u00f3licos an\u00f3nimos<\/li>\n<li>Polic\u00eda local<\/li>\n<li>Escuelas (un representante por nivel educativo)<\/li>\n<li>Instituto Superior N\u00b0 23 \u201cElisa Damiano\u201d<\/li>\n<li>Clubes Deportivos<\/li>\n<li>CEF (Centro de Educaci\u00f3n F\u00edsica)<\/li>\n<li>Profesionales de la Salud<\/li>\n<li>Abogados<\/li>\n<li>Psiquiatras<\/li>\n<li>Psic\u00f3logos<\/li>\n<li>Trabajadores Sociales<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 6\u00b0:<\/strong> Establ\u00e9zcase que el presidente de la Red Municipal de Abordaje Integral ser\u00e1 presidido por el Intendente Municipal o Presidente del Concejo Municipal si estuviere a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 7\u00b0: <\/strong>Los profesionales integrantes del Consejo Consultivo Municipal de Adicciones deber\u00e1n elegir:<\/p>\n<ol>\n<li>1 (uno) Presidente<\/li>\n<li>1 (uno) Vicepresidente<\/li>\n<li>1 (uno) Secretario<\/li>\n<li>Los dem\u00e1s integrantes ser\u00e1n considerados vocales titulares natos<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 8\u00b0:<\/strong> La Red Municipal de Abordaje integral se reunir\u00e1 como m\u00ednimo 2 (dos) veces al a\u00f1o, o cuando situaciones de car\u00e1cter urgente lo requieran.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 9\u00b0:<\/strong> El Consejo Consultivo Municipal de Adicciones se reunir\u00e1 como m\u00ednimo 3 (tres) veces al a\u00f1o, o cuando situaciones de car\u00e1cter urgente lo requieran, con la convocatoria de la mitad m\u00e1s uno de los miembros del mismo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 10\u00b0:<\/strong> El Consejo Consultivo Municipal de Adicciones deber\u00e1, con car\u00e1cter obligatorio, elevar al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Municipal un informe cuatrimestral sobre las actuaciones realizadas durante dicho tiempo y podr\u00e1 conformar Comisiones de Trabajo convocadas seg\u00fan el cronograma de tareas del Consejo Consultivo.<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 11\u00b0:<\/strong> Autor\u00edcese al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios institucionales de colaboraci\u00f3n con organismos p\u00fablicos y privados como Secretaria de Pol\u00edticas Integrales sobre Drogas de la Naci\u00f3n Argentina (SEDRONAR) y la Agencia de Prevenci\u00f3n de Consumo de Drogas y Tratamiento Integral de las Adicciones de la Provincia de Santa Fe (APRECOD), a los fines del cumplimiento de los objetivos enunciados en la presente ordenanza.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 12\u00b0:<\/strong> Autor\u00edcese al Departamento Ejecutivo Municipal a organizar administrativamente la Red Municipal de Abordaje Integral y el Consejo Consultivo Municipal en Adicciones y nombrar los profesionales que sean necesarios para atender lo normado en los art\u00edculos 2\u00b0 y 3\u00b0 de la presente ordenanza.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 13\u00b0:<\/strong> Fac\u00faltese a la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n y Desarrollo Humano del Municipio, \u00a0o quien la reemplace, a coordinar la Red Municipal de Abordaje Integral para la prevenci\u00f3n, asistencia y acompa\u00f1amiento integral de conductas adictivas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 14\u00b0:<\/strong> Fac\u00faltese a la Red Municipal de Abordaje Integral a dictaminar su propio reglamento interno de funcionamiento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 15\u00b0:<\/strong> La Red Municipal de Abordaje Integral de conductas adictivas abrir\u00e1 un registro de instituciones habilitadas a fin de socializar una gu\u00eda de recursos locales a disposici\u00f3n de la ciudadan\u00eda para acceder a la informaci\u00f3n referida a la tem\u00e1tica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 16\u00b0:<\/strong> Autor\u00edcese al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar partidas del Presupuesto General vigente para cumplir con los objetivos trazados en la presente ordenanza.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 17\u00b0:<\/strong> Autor\u00edcese un espacio f\u00edsico permanente dentro de la dependencia municipal, o en su defecto, a contratar un local que re\u00fana las condiciones indispensables para la implementaci\u00f3n del abordaje integral para la prevenci\u00f3n, asistencia y orientaci\u00f3n para familias y personas en adicciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 18\u00b0:<\/strong> Comun\u00edquese, prom\u00falguese, publ\u00edquese y d\u00e9se al Registro Municipal.-<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Tr\u00e9bol, Departamento San Mart\u00edn, Provincia de Santa Fe, a los veinticuatro d\u00edas del mes de junio del a\u00f1o dos mil veinticinco.-<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"template":"","categories":[37,44,1],"class_list":["post-5939","ordenanza","type-ordenanza","status-publish","category-campanas-de-prevencion-salud-y-accion-social","category-gobierno","category-salud-y-accion-social"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/ordenanza\/5939","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/ordenanza"}],"about":[{"href":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/ordenanza"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=5939"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrebol.gov.ar\/ordenanzas\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=5939"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}