ORDENANZA N° 184
VISTO:
La nota recibida de la Asociación Cooperadora Policial de fecha 04/06/92, mediante la cual solicita la continuidad de la contribución que le viene realizando la Municipalidad para la conclusión de la obra destinada a la Comisaría; y
CONSIDERANDO:
Que el 30 de Junio vence el plazo de la prórroga concedida por Ordenanza N° 175, mediante la cual se mantuvo a la Cooperadora la contribución mensual dispuesta por la anterior N° 146 de fecha 17/12/90;
Que la cooperadora presentó mensualmente el detalle de los gastos originados en la obra mencionada;
Que en constataciones efectuadas, los Concejales pudieron apreciar los trabajos realizados, los que permitirán en breve tiempo contar con el inmueble referido;
Que la Comisión del Concejo analizó el pedido y dialogó con miembros de la Cooperadora, que ratificaron la necesidad de un aporte mensual para la terminación de la obra, entendiendo que la inquietud es válida;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° : Otórgase a la Cooperadora Policial de El Trébol, por el término de 90 días, la suma de Pesos Ochocientos mensuales, como contribución con destino a la finalización de la obra en construcción del local para la Comisaría.-
ARTICULO 2° : Dicho importe corresponderá a los meses de Julio, Agosto y Setiembre de 1992.-
ARTICULO 3° : La Cooperadora Policial deberá rendir mensualmente al Departamento ejecutivo, con copia al Concejo Municipal, cuenta del destino de los fondos percibidos, acompañando los comprobantes respectivos.-
ARTICULO 4° : Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de el trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dieciocho días del mes de junio del año mil novecientos noventa y dos.-