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El Trébol

Habilitación Comercios

La siguiente documentación sirve para habilitar su empresa y poder comenzar a operar con la misma. Para poder habilitar su empresa, tiene que completar los 4 Formularios (previamente lea el INSTRUCTIVO DE USO al pie de esta sección) , firmarlos y presentarlos en la Municipalidad de El Trébol con la documentación pertinente. Para facilitar la confección de los 4 Formularios, se han dispuesto 3 opciones para completarlo:

  1. Bajar las 4 versiones PDF (Portable Document Format) a su PC, imprimirlos y completarlos a mano:
  2. Retirar los 4 Formularios personalmente, completarlos a mano e imprimirlos. En este caso diríjase a la Municipalidad para retirar los Formularios.
  3. Completar los formularios online y acercarlos a la Municipalidad.

Importante: Si selecciona la Opción 1, una vez que se abra una nueva ventana del navegador con el Formulario cargado en pantalla, dirígase al menú«Archivo», elija la opción «Guardar como» y seleccione un directorio en su PC donde guardarlo. A continuación presione la tecla «Guardar». De esta manera ya tendrá el Formulario descargado en su PC. Luego imprima el mismo y complete a mano.

¿Quien puede realizarlo?

El interesado o terceros con acreditación suficiente. Para realizar el trámite se debe concurrir con Documento de Identidad del interesado y/o CUIT en caso de Persona Jurídica. Todas las firmas del/los Titular/res en los Formularios deberán estar certificadas por Escribano y/o Juzgado o efectuadas en presencia del Funcionario municipal interviniente. En caso de que los trámites sean realizados por terceras personas, éstas deberán contar con poder autorizante otorgado ante Escribano Público, Juzgado (o Funcionario Municipal competente.)

¿Dónde se realiza el trámite?

En nuestras oficinas de Bv. América Nº 1091 en los horarios de atención al público de 7:15 Hs. a 12:15 Hs.

Requisitos para la confección de los Formularios

  1. Completar los formularios listados al final de este documento o retirarlos en nuestra oficina de atención al público, juntamente con el instructivo; y pago de la tasa de apertura de negocio correspondiente, Inciso 17, articulo Nº 53, Ordenanza Nº 835/10 y sus modificatorias Nº 912/11 y 971/12.
  2. Realizar el siguiente trámite, deberá presentar: A. Formulario de Solicitud de Habilitación. Debe estar completo con todos los datos, sin enmiendas ni tachaduras. B. Fotocopia del DNI, en caso de persona física, o copia certificada de Contrato Social en caso de persona jurídica. C. En el caso de ser inquilino copia del Contrato de locación D. Poder Autorizante, de ser realizado el trámite por un tercero, en caso de que corresponda. E. Declaración Jurada de Situación ante la AFIP o constancia de la inscripción. F. Plano de Edificación del inmueble conforme a obra y con final de obra certificada por la Secretaria de Planeamiento Urbano y Gestión Ambiental, para locales mayores a 100m2 o para aquellos solicitados según el rubro específico. G. Licencia de Uso y Libre afectación. H. Cumplimentar con los requisistos exigidos por la Secretaría de Planeamiento Urbano y Gestión Ambiental, Área de Seguridad Alimentaria y el Departamento de Seguridad, acorde a la actividad que se declara. I. De acuerdo al rubro específico que desea habilitar podrá serle requerida eventualmente otra documentación para ser presentada en esa instancia y toda exigencia/s en la/s Ordenanza/s y/o Decreto/s que regulan la instalación/funcionamiento del comercio a habilitar.

Recomendaciones

  • Se puede consultar en la oficina de atención al público acerca de las condiciones y requisitos del trámite. Allí se le entregarán los formularios necesarios.
  • No se comprometa con alquileres ni realice obras en los inmuebles sin consultar previamente sobre la factibilidad de habilitación del rubro en el lugar elegido.
  • En los casos que se requiera presentación de fotocopia, solo se aceptarán con la presentación del original para verificar la veracidad de los datos, o certificadas por Escribano o Juzgado.

Para las distintas actividades que desee realizar podrá consultar en la oficina de atención al público o bien en las siguientes ordenanzas entre otras:

Ord. CONCEPTO Mod. Ord. Nº DECRETO
12 SALUBRIDAD E HIGIENE 218
23 CODIGO MUNICIPAL DE FALTAS 399
33 DEROGADA POR ORDENANZA Nº 953
36 INSTALACION DE GALPONES/FABRICAS 505
145 PROHIB. VTA. DE PIROTECNIA/ BEBIDAS ALCOH. MENORES
149 USO DE AGROQUIMICOS
200 SALAS DE ENTRETENIMIENTO CON JUEGOS ELECT./MEC. 563 784
251 PARQUES DIVERSIONES/CIRCOS
300 PROHIBICION VENTA BEBIDAS ALCOHOLICAS A MENORES 763
323 INSTALADORES ELECTICISTAS
373 VENTA ARTICULOS DE PIROTECNIA
404 CARRIBARES 733
434 PROHIBICION DE ANIMALES EN LOS CIRCOS
445 MEDIDAS DE SEGURIDAD
449 PRESENTACION TITULO HABILITANTE P/ EJERCER ACTIV.
450 RESIDENCIAS PARA ANCIANOS
454 CODIGO DE EDIFICACION
465 INSTALACION DE ANTENAS DE TRANSMISION
482 SALUBRIDAD E HIGIENE 554
532 PROHIBICION INSTALACION SILOS RADIO URBANO 678
534 MICROEMPRENDIMIENTOS PROMOCIONALES CASEROS
555 REGLAMENTACION CIBERS Y SIMILARES 563
569 CODIGO DE TRANSITO
584 EXENCION PARA MONOTRIBUSTISTAS SOCIALES
673 AREA INDUSTRIAL 60
677 REGLAMENTACION DELIVERY
712 REGLAMENTACION TAXIMETROS 780 795
758 HORARIOS DE CIERRE LOCALES
759 HORARIO PROHIB.VENTA DE BEBIDAS ALCOH. EN KIOSKOS
773 REGLAMENTACION BARES Y CONFITERIAS 823 97/09 59/12
783 CREACION AREA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA
1055 ORDENANZA TRIBUTARIA 912
953 PROHIBICION INSTALACION /FUNCIONAMIENTO CABARETS, ETC.

Banco de Ordenanzas

El inicio del trámite de Habilitación no lo faculta para desarrollar la actividad declarada. Sólo el Certificado de Habilitación lo faculta para el desarrollo de la actividad a iniciar. Formularios a presentar

  • Solicitud de Habilitación
  • Sistema único de la Seguridad Social
  • Licencia de Uso y Libre Afectación
  • Mandato para gestionar trámites

Costos Tasa Apertura de Negocio: NEGOCIO (Según Ordenanza Tributaria Nº 1.055/15 Artículo Nº 127 Inciso Nº 15, Capitulo Nº X) • Negocios en General: — 50 U.T. • Servicios: — 50 U.T. • Comercios: — 70 U.T. • Industrias: — 1000 U.T. • ConfiterÍas Bailables: — 2000 U.T. • Moteles: — 800 U.T. Valor de la Unidad Tributaria: Consultar Ordenanza Tributaria vigente (Según Ordenanza Tributaria Nº 1.050/14, Artículo Nº 1).