El Gobierno Municipal informa que de acuerdo a la resolución Nº 58/2018, desde el pasado 9 de septiembre, todas las personas que soliciten el certificado de “Libre de Deudas” deberán presentar los planos autorizados de la vivienda.
Esta medida alcanza a los trámites para transferencias de dominio de inmuebles o “Libre de Deudas” generales incluyendo todos los conceptos de tasa, derecho o contribución de mejoras, recuperos o multas, incluidos.
Es decir, que para que dicho trámite sea otorgado, se deberán presentar los planos y la regulación de superficie construida.
Quedan excluidos del mismo los pedidos de “Libre de deudas” de inmuebles por cada concepto de tasa, derecho o contribución de mejoras (TGIU – TGIR – DreI – obras de cloacas, de pavimentación, agua potable, gas, etc.), recuperos y multas.
Esta medida fue tomada, entre otros aspectos, para aunar los criterios de las distintas localidades a pedido del Colegio de Arquitectos de Santa Fe y también, porque el Municipio ha procedido a realizar el análisis de sus procedimientos, surgiendo la posibilidad operativa de diferenciar las distintas solicitudes de certificados.